miércoles, 30 de octubre de 2013

Ojalá que se cumpla lo que dijo la Corte Suprema


Les dejo nuestra visión sobre el fallo de la CORTE con respecto a la ley de medios. Prestarle especial atención a los textuales de la Corte!

La Corte Suprema de Justicia declaró constitucional la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual
“ESPEREMOS QUE ESTE FALLO FAVOREZCA UNA VERDADERA PLURALIDAD DE VOCES”


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La diputada de Libres del Sur, Victoria Donda, expresó su opinión sobre el fallo de la Corte sobre la ley de Medios Audiovisuales: “Este fallo es importante pues determina que la Ley de servicios de Comunicación Audiovisual se debe aplicar en su totalidad. Reafirma el avance que debería suponer la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual en cuanto a democratizar la palabra y garantizar la pluralidad de voces. En ese marco es importante resaltar lo que dice el fallo con respecto a las obligaciones del Gobierno. En particular, lo referido a la publicidad oficial, el rol de los medios públicos y la conformación de la autoridad de aplicación, órgano en el que el director propuesto por el FAP fue vetada arbitrariamente”.

“Es muy claro el fallo en las páginas 127 y 128 cuando dice”:


‘No obstante, cabe señalar que todo lo que se lleva dicho acerca de la ley y su propósito de lograr pluralidad y diversidad en los medios masivos de comunicación perdería sentido sin la existencia de políticas públicas transparentes en materia de publicidad oficial.
 

La función de garante de la libertad de expresión que le corresponde al Estado queda desvirtuada si por la vía de subsidios, del reparto de la pauta oficial o cualquier otro beneficio, los medios de comunicación se convierten en meros instrumentos de apoyo a una corriente política determinada o en una vía para eliminar el disenso y el debate plural de ideas.
 

Lo mismo ocurre si los medios públicos, en lugar de dar voz y satisfacer las necesidades de información de todos los sectores de la sociedad, se convierten en espacios al servicio de los intereses gubernamentales.
 

Finalmente, es de vital importancia recordar que tampoco se puede asegurar que se cumplan los fines de la ley si el encargado de aplicarla no es un órgano técnico e independiente, protegido contra indebidas interferencias, tanto del gobierno como de otros grupos de presión.
 

La autoridad de aplicación debe ajustarse estrictamente a los principios establecidos en la Constitución, los Tratados internacionales a ella incorporados y en la propia ley. Debe respetar la igualdad de trato, tanto en la adjudicación como en la revocación de licencias, no discriminar sobre la base de opiniones disidentes y garantizar el derecho de los ciudadanos al acceso a la información plural’

“Siempre hemos creído en la independencia de esta Corte. En el marco de lograr mayor institucionalidad, por lo tanto y consecuentemente con ello, debemos respetar este fallo y avanzar hacia una real pluralidad de voces, algo en lo que este gobierno no se ha destacado particularmente”.


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http://kirchnerismoexplicito.blogspot.com.ar/2010/04/concurso-logopolico-de-la-corneta.html
http://seniales.blogspot.com.ar/search/label/Ley%20de%20Servicios%20de%20Comunicaci%C3%B3n%20Audiovisual
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